La Autoridad Portuaria de Santander es una Entidad de derecho público que, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, dispone de un Registro General
donde se reciben los escritos, documentos y comunicaciones oficiales que se dirigen
a la entidad.
Si Vd. quiere dirigir alguna comunicación oficial a la Autoridad Portuaria de Santander,
puede hacerlo a través de este medio. Su comunicación se recibirá en el Registro
General y tendrá idéntico tratamiento al que le correspondería si hubiese sido presentado
directamente en nuestras oficinas o a través de los otros procedimientos previstos
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
En la presentación de escritos por este medio se tendrán en cuenta las siguientes
normas:
1.- La comunicación se puede enviar en el cuerpo del mensaje del correo o adjuntada
en un fichero; en este caso únicamente se admitirán los formatos Word (.doc) y Acrobat
PDF. El sistema antivirus del ordenador central rechazará y eliminará todo mensaje
dirigido al Registro, sospechoso de contener un virus informático.
2.- Para los mensajes admitidos por el ordenador central, será fecha de Registro
de Entrada la de recepción del mensaje en el Ordenador central de la Autoridad Portuaria.
Recibido el mensaje en el Registro General y una vez comprobado que el mismo resulta
legible, se procederá a su registro y se comunicará al remitente número de asiento
y fecha.
3.- La Autoridad Portuaria de Santander se reserva el derecho de confirmar, cuando
lo considere oportuno, la autenticidad de los mensajes recibidos, en especial, cuando
se actúe en nombre de un tercero.
4.- No será válido este medio de comunicación para desistir del procedimiento o
formular renuncias, en nombre propio o de un tercero.
ATENCIÓN. ¡¡ MUY IMPORTANTE !!
A efectos de notificaciones, deberá consignarse en el mensaje el domicilio postal
completo, el número de teléfono y cualquier otro medio de comunicación que se considere
oportuno.
Debe aceptar las normas para que pueda acceder al formulario de registro.